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Acampar o estacionar con caravana, autocaravana, camper o techo

Tienda-techo-coche

Aprender esta diferencia es lo más importante. Si estás estacionado, se te aplicarán las normativas nacionales sobre tráfico según el reglamento general de circulación. Así que, mientras estés correctamente estacionado, no te pueden multar por dormir o cocinar dentro de tu caravana, autocaravana y camper o tienda de techo. En cambio, si estás acampado, se te aplicarán las normativas de cada comunidad autónoma, lo que generalmente implica que se te puede multar si no estás en una zona habilitada para ello (zonas de acampada, áreas camper privadas o campings). ¿Cómo se decide si estás acampado o estacionado? A eso vamos:

Estacionar

Puedes:

  • Comer o dormir dentro de tu vehículo considerando como tal tu espacio privado. Poner calzos para apuntalar el vehículo si el terreno está inclinado (ya que es un elemento de seguridad recomendado). Se puede, alternativamente, apoyar una rueda directriz en el bordillo. En vehículos de más de 3.500 kg de masa máxima autorizada si la inclinación es sensible, el calzado es obligatorio. No se pueden utilizar piedras u otros elementos.
  • Elevar el techo o abrir claraboyas, siempre que no excedan el perímetro del vehículo considerando como tal el espacio que ocupa. En este supuesto consideramos incluido nuestra tienda de techo, siendo irrelevante que el acceso al mismo se produzca desde dentro del vehículo directamente. Dormir en tienda de techo es legal mientras se respeten las normas.
 

No puedes:

  • Sacar sillas o mesas fuera del vehículo.
  • Extender elementos propios como toldos, avances, ventanas batientes o elementos propios que desborden el perímetro de tu vehículo.
  • Poner patas estabilizadoras.
  • Verter fluidos procedentes de aguas limpias, grises o negras salvo los del motor por el tubo de escape.
  • Emitir ruidos molestos, como la puesta en marcha de un generador de electricidad durante horas de descanso o durante el día durante períodos excesivamente largos, , pues puede generar otras situaciones de abuso.
  •  

Acampar

Si haces una o varias de estas cosas prohibidas para el estacionamiento, el vehículo pasará a estar acampado, por lo tanto se aplicará la normativa autonómica sobre acampada. Levantar el techo es acampar, pero únicamente si sobrepasa el perímetro permitido hacia los lados.

En cambio, si estás correctamente estacionado, nadie te puede decir que te vayas a un camping, que allí no puedes pasar la noche, que la acampada está prohibida, etc. Asegúrate de estar bien estacionado, y no tendrás problema. La dirección general de tráfico establece claramente que tu caravana o autocaravana tiene los mismos derechos que cualquier otro vehículo para aparcar en cualquier lugar permitido.

En Jovive consideramos que nuestras tiendas de techo cumplen escrupulosamente con la legalidad, por lo que no tendrás problemas en estacionar o aparcar donde quieras. 

Tienda de techo con vehículo estacionado

Solución a problemas con la normativa de aparcamiento de caravanas y campers

Si os encontráis en una situación conflictiva (un municipal que os quiere echar de un aparcamiento, por ejemplo), es importante tener argumentos legales sólidos. El documento que actualmente recoge esta normativa (a falta de que sea incluida en el nuevo Reglamento General de Circulación que está en preparación) es la NUEVA Instrucción PROT 2023/14 Publicada en Julio de 2023 de la Dirección General de Tráfico, documento de obligado cumplimiento, según indica la propia DGT en este documento. Os recomendamos imprimirla, estudiarla e incluso subrayarla para llevarla en la guantera, como hacemos nosotros.

Si te dicen que “las autocaravanas, caravanas, camper o tu tienda de techo deben ir al camping”, puedes decir que la autocaravana, caravana o tienda de techo es un vehículo legal, que paga sus impuestos de circulación y que tiene derecho a circular y estacionar como cualquier otro. Y si insisten, les enseñas este texto de la Instrucción PROT 2023/14 (Antigua 08/V-74) : “…esta Dirección General de Tráfico considera que mientras un vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana, caravana, camper o tienda de techo no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc.”

Si te dicen frases como: “es que si te quedas aquí al final tirarás basura o harás una fogata y provocarás un incendio”, como nos han dicho alguna vez, podéis decirle que os multen cuando llegue el momento, porque eso se llama criminalizar y discriminar a un colectivo por presuponer que va a cometer una infracción. Si tu vehículo está estacionado indebidamente puede causar problemas y recibir las sanciones correspondientes, pero la presunción de que vas a causar problemas no es legal. De nuevo citamos la instrucción de la DGT: “La exclusión de determinados usuarios (de la vía pública) debe ser motivada en razones objetivas… pero no por razones subjetivas». Las vías publicas siempre deben ser accesibles para todos los vehículos legalmente estacionados.

Te recomendamos mantener un perfil bajo en tu relación con el agente de la autoridad que se esté dirigiendo a ti, dado que existe la obediencia debida hacia el mismo. Las sanciones pueden ser desde una multa básica de 40 euros hasta una de 150 euros. Existe la posibilidad de recibir otra sanción si sobrepasa las señales acotadas o si ocupa más de un metro cuadrado del vehículo permitido en el aparcamiento. Si estás estacionado en playas puedes recibir multas específicas según normativas costeras. Recuerda que en caso de estar mal estacionado los euros por multas pueden variar según la localidad.

Si pese al razonamiento se va a producir la sanción, te podemos orientar en sus opciones de recurso y ponerte en contacto con un profesional.

Te adjuntamos este cartel para que lo puedas imprimir y poner en tu autocaravana, caravana, camper o tienda de techo.

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